Importe recuperable y la NIC 36 - Financiando a Bowie

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miércoles, 16 de junio de 2021

Importe recuperable y la NIC 36


El importe recuperable y la NIC 36

Los activos no solo se deprecian por el uso, pues existen circunstancias que posibilitan que un activo pierda la capacidad para generar beneficios económicos lo que llevaría a que el activo tenga un valor inferior al contable (valor en libros). Lo que nos lleva a la siguiente pregunta ¿cuándo sabemos que el activo ha perdido la capacidad para generar beneficios? La respuesta está en realizar la comparación del importe registrado en la contabilidad (valor en libros) contra los flujos de efectivo futuros netos esperados del activo.

    

Ante la posibilidad que los activos por diversas circunstancias puedan perder la capacidad de generar beneficios (deterioro), el IASC considero como primer paso, preguntarse: ¿Qué haría una empresa si descubre que el activo se ha deteriorado? la respuesta a esta interrogante fueron dos opciones: vender el activo o mantenerlo para uso propio, concluyendo lo siguiente:


El IASC concluyó que la decisión resultante de una empresa racional es, en esencia, una decisión de inversión basada en los flujos de efectivo futuros netos estimados esperados del activo (valor recuperable).


En las conclusiones de la NIC 36 se mencionan varias opciones para medir el valor recuperable. De las cuales se quedan solo con dos opciones: valor razonable menos los costos de disposición (precio de venta neto) y el valor de uso.

·   El valor en uso se fundamenta básicamente en el funcionamiento del activo y los flujos de efectivo que durante su funcionamiento va a ser capaz de generar.

    El valor razonable menos costos de venta se fundamenta en los beneficios del activo que se obtendrán por lo que el mercado es capaz de pagar por él.


Lo que nos lleva a la siguiente pregunta: ¿Cuándo se usaran los modelos de medición?  

De los métodos mencionados, la Compañía escogerá la que le de mayor beneficio, por lo que se desprende lo siguiente:


Respecto a ello la norma menciona lo siguiente:


El requerimiento de que el importe recuperable debe ser el mayor entre el precio de venta neto y el valor en uso se deriva de la decisión de que la medición del importe recuperable de un activo debe reflejar el comportamiento probable de una gerencia racional (…).

(..) Lo que es relevante es el importe que una empresa puede esperar recuperar de ese activo, incluyendo el efecto de la sinergia con otros activos.


De acuerdo lo anterior podemos concluir que las Compañías al evaluar ambos métodos tomarán la opción que mayo beneficio puedan obtener.  

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